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FUNCIONES

  1. Identificar y regular los Hechos territoriales, de conformidad con lo establecido en la presente ley.
  2. Formular y adoptar el Plan Integral de Desarrollo regional con perspectiva de largo plazo incluyendo el componente de ordenamiento físico territorial de conformidad con las disposiciones legales vigentes, como una norma general de carácter obligatorio a las que deben acogerse los municipios que la conforman al adoptar los planes de ordenamiento territorial en relación con las materias referidas a los hechos territorial.
  3. La formulación y adopción del plan integral de desarrollo territorial debe efectuarse en consonancia con los planes nacionales de desarrollo y de las entidades territoriales, de manera que se articulen con los lineamientos del sistema nacional de planeación.
  4. Formular y adoptar el Plan Estratégico de Ordenamiento Territorial, el cual será el marco al cual deberán acogerse cada uno de los municipios que conforman el área, al adoptar los planes de ordenamiento territorial.
  5. Crear y/o participar de la conformación de bancos inmobiliarios para la gestión del suelo en los municipios de su jurisdicción.
  6. Participar en la constitución de entidades públicas, mixtas o privadas destinadas a la prestación de servicios públicos, cuando las necesidades de la región así lo ameriten.
  7. Emprender las acciones a que haya lugar para disponer de los predios necesarios para la ejecución de obras de interés regional.
  8. Ejecutar las obras de carácter territorial de conformidad con lo establecido en el Plan Integral de Desarrollo regional, el Plan Estratégico regional de Ordenamiento Territorial y los planes y programas que lo desarrollen o complementen.
  9. Ejercer las funciones y competencias de autoridad ambiental en el perímetro urbano de conformidad a lo dispuesto en la Ley 99 de 1993.
  10. Apoyar a los municipios que la conforman en la ejecución de obras para la atención de situaciones de emergencia o calamidad, en el marco de sus competencias.
  11. Suscribir contratos o convenios plan, en el marco de las disposiciones legales vigentes.
  12. Formular la política de movilidad regional, en el marco del Plan Estratégico Regional de Ordenamiento Territorial, de conformidad con la jurisdicción de los hechos territoriales.
  13. Ejercer la función de autoridad de transporte público en el área de su jurisdicción de acuerdo con la ley, las autorizaciones y aprobaciones otorgadas conforme a ella.
  14. Formular y adoptar instrumentos para la planificación y desarrollo del transporte Regional, en el marco del Plan Estratégico Territorial.

DEBERES

  1. Dar trato respetuoso, considerado y diligente a todas las personas sin distinción.

  2. Garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio.

  3. Atender a todas las personas que hubieran ingresado a sus oficinas dentro del horario normal de atención.

  4. Establecerunsistemadeturnosacordeconlasnecesidadesdelservicio y las nuevas tecnologías, para la ordenada atención de peticiones, quejas, denuncias o reclamos, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 6 del artículo 5° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

  5. Expedir,hacervisibleyactualizaranualmenteunacartadetratodignoal usuario donde la respectiva autoridad especifique todos los derechos de los usuarios y los medios puestos a su disposición para garantizarlos efectivamente.

  6. Tramitar las peticiones que lleguen vía fax o por medios electrónicos, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 5° del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

  7. Atribuir a dependencias especializadas la función de atender quejas y reclamos, y dar orientación al público.

  8. Adoptar medios tecnológicos para el trámite y resolución de peticiones, y permitir el uso de medios alternativos para quienes no dispongan de aquellos.

  9. Habilitarespaciosidóneosparalaconsultadeexpedientesydocumentos, así como para la atención cómoda y ordenada del público.

  10. Todos los demás que señalen la Constitución, la ley y los reglamentos.

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Puente La Libertad - Río Ariari

Es una de las obras más importantes en materia vial que se ha construido en los últimos años, un viaducto que atraviesa el río Ariari a la altura de Puerto Lleras, tiene una longitud de 270 metros de largo.
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Puente La Libertad - Río Ariari

Es una de las obras más importantes en materia vial que se ha construido en los últimos años, un viaducto que atraviesa el río Ariari a la altura de Puerto Lleras, tiene una longitud de 270 metros de largo.
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